lunes, 26 de enero de 2015

Reforma Fiscal en el IRPF 2014: nuevas deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad

Para solicitar este tipo de deducciones, te adjuntamos los enlaces, donde tienes toda la información necesaria, ademas de los modelos en formato pdf, para descargarlos rellenarlos y enviarlos.

El enlace de información sobre estas deducciones es el siguiente:

http://www.sepin.es/familia/VerDoc.asp?referencia=SP%2FNOT%2F586&cod=0010fA1Ch09Q0Lj1iY07b01g0GG07b03D0l%3D0JQ01i00d0BQ0Le1jV0Bb01h1zk0Bl0FX2AC0Bu2MS0%26G

En el siguiente enlace podrás descargar los modelos en formato pdf, para solicitar estas deducciones:

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/G613.shtml

jueves, 8 de enero de 2015

Cómo solicitar la nueva ayuda fiscal de 1.200 euros

Oficina de la Agencia Tributaria.
Los contribuyentes que tengan derecho a las nuevas ayudas fiscales del IRPF aprobadas con la reforma fiscal pueden solicitar el cobro desde el miércoles a través de la página web de la Agencia Tributaria. Las familias numerosas o los contribuyentes que cuenten con hijos o ascendientes a cargo con discapacidad tienen derecho a recibir 1.200 euros anuales. Los llamados impuestos negativos pueden cobrarse de forma adelantada a razón de 100 euros al mes.
Para ello, los declarantes deben cumplimentar el modelo 143, un trámite que puede realizarse desde hoy mediante DNI electrónico, certificado digital, el Pin24horas o el código Cl@ve. También existe la vía de llamar al teléfono 901 200 345. La posibilidad de presentar el formulario presencialmente se abre a partir del 3 de febrero. En cualquier caso, la solicitud deberá cumplimentarse online desde la página web de la Agencia Tributaria e imprimirla.
El término impuesto negativo refleja que los contribuyentes pueden recibir el importe aunque su cuota tributaria sea menor a la ayuda. “El límite para cada una de las deducciones serán las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y/o mutualidades devengadas en cada período impositivo. Si se tuviera derecho a la deducción por contar con varios ascendientes y/o descendientes con discapacidad, el límite se aplicará de forma independiente respecto de cada uno de ellos”, señala la Agencia Tributaria. Las subvenciones son acumulables. Es decir, una familia numerosa que tenga a cargo un hijo o ascendiente con discapacidad tendrá derecho a una ayuda de 2.400 euros.
La figura del impuesto negativo no es nueva, aunque hasta ahora se limitaba a mujeres trabajadoras que tuvieran un hijo. A partir de este año, se amplía la casuística. Según los cálculos de Hacienda, 750.000 familias se podrán beneficiar de esta ayuda. Aquellos contribuyentes que no pidan el cobro de forma anticipada recibirán el dinero cuando presenten la declaración anual de la renta.
La reforma fiscal aprobada por el Gobierno incorpora una rebaja de los tipos y tramos del impuesto que corrige la subida aprobada por el Ejecutivo de Mariano Rajoy en diciembre de 2011. Todos los asalariados percibirán que el tipo de retención que les aplican sobre sus nóminas se reduce a partir de este mes de enero. Así, el salario neto se incrementará entre 25 y 30 euros para la mayoría de contribuyentes. Un trabajador soltero y sin hijos que gana 30.000 euros verá como su salario neto aumenta en 21,3 euros, lo que supone un ahorro anual de 255 euros.
Otra de las novedades es que los contribuyentes que ganen menos de 12.000 euros anuales no sufrirán ningún tipo de retención y estarán exentos de tributar por IRPF. Hasta 2014, ello también era así para rentas inferiores 11.162 euros. Hacienda asegura que su reforma beneficia a los que ganan menos.
Para calcular el tipo de retención no se tiene en cuenta la normativa de las comunidades autónomas, que tienen competencia sobre el 50% del impuesto. Así, dos trabajadores que cobren el mismo sueldo bruto y presenten idéntica situación familiar sufrirán la misma retención con independencia del territorio en el que residan. Cuando se presenta la declaración anual entra en juego la legislación de las comunidades. Andalucía o Cataluña son las autonomías que mantienen tipos impositivos más elevados y que han renunciado a replicar la rebaja fiscal aprobada por el Estado. En el lado opuesto destaca Madrid, que cuenta con gravámenes inferiores al resto.

Cómo pedir la nueva ayuda mensual para las familias

Imagen de unas oficinas de la Agencia Tributaria.
Con la entrada en vigor de la reforma fiscal, los contribuyentes con cargas familiares podrán solicitar las ayudas del nuevo IRPF y, además de cambiar las cuantías, dichas ayudas se podrán cobrar de forma mensual. Estas ayudas están destinadas a familias numerosas o con hijos o ascendientes con discapacidad.
Las deducciones serán de 1.200 euros anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad y por familia numerosa, y los 2.400 euros en el caso de familias numerosas de categoría especial. En términos mensuales serán 100 y 200 euros, respectivamente.
El mecanismo será el mismo que se aplica para la deducción que cobran las madres trabajadores que tienen a su cargo a un hijo menor de tres años, que supone 100 euros mensuales.
Para acceder a las ayudas es necesario, además de cumplir las condiciones citadas, estar trabajando, es decir, realizar una actividad por la que se cotice a la Seguridad Social o mutualidad alternativa. La ayuda está, por otra parte, limitada al total de cotizaciones devengadas cada anualidad. Es decir, no se pueden cobrar los 1.200 euros si no se cotiza por esta cantidad.
Las ayudas se podrán solicitar a partir del 7 de enero, a través de la página web de la Agencia Tributaria. El solicitante tendrá que cumplimentar un modelo y presentarlo de forma electrónica a través de los sistemas cl@ve o PIN 24h. La solicitud también se podrá formalizar a partir de esa fecha en el teléfono 901 200 345.
La ayuda la pueden solicitar los padres que formen parte de una familia numerosa, así como los contribuyentes con derecho a la aplicación de los mínimos por descendientes o ascendientes con discapacidad.
Los requisitos son tener en poder el título de familia numerosa o certificado de discapacidad. También será preciso el NIF de todos los solicitantes, así como de los descendientes y ascendientes con discapacidad. Para menores de 14 años que no cuenten con NIF se podrá solicitar un NIF con la letra ‘K’ de menores en las oficinas de la Agencia Tributaria. Hacienda también exige el alta en la Seguridad Social.
Las ayudas se podrán solicitar también de forma presencial, a partir del 3 de febrero, en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Las ayudas, finalmente, se regularizarán en la declaración de la renta 2015 (la que se presenta en 2016). La Agencia Tributaria ha comenzado a enviar cartas informativas a los beneficiarios potenciales con los requisitos y procedimiento para la percepción mensual de estos “impuestos negativos”.