Oficina de la Agencia Tributaria. |
Los contribuyentes que tengan derecho a las nuevas ayudas fiscales del IRPF aprobadas con la reforma fiscal pueden solicitar el cobro desde el miércoles a través de la página web de la Agencia Tributaria. Las familias numerosas o los contribuyentes que cuenten con hijos o ascendientes a cargo con discapacidad tienen derecho a
recibir 1.200 euros anuales. Los llamados impuestos negativos pueden
cobrarse de forma adelantada a razón de 100 euros al mes.
Para ello, los declarantes deben cumplimentar el modelo 143, un
trámite que puede realizarse desde hoy mediante DNI electrónico,
certificado digital, el Pin24horas o el código Cl@ve. También existe la
vía de llamar al teléfono 901 200 345. La posibilidad de presentar el
formulario presencialmente se abre a partir del 3 de febrero. En
cualquier caso, la solicitud deberá cumplimentarse online desde la
página web de la Agencia Tributaria e imprimirla.
El término impuesto negativo refleja que los contribuyentes pueden
recibir el importe aunque su cuota tributaria sea menor a la ayuda. “El
límite para cada una de las deducciones serán las cotizaciones y cuotas
totales a la Seguridad Social y/o mutualidades devengadas en cada período impositivo. Si se tuviera
derecho a la deducción por contar con varios ascendientes y/o
descendientes con discapacidad, el límite se aplicará de forma
independiente respecto de cada uno de ellos”, señala la Agencia
Tributaria. Las subvenciones son acumulables. Es decir, una familia
numerosa que tenga a cargo un hijo o ascendiente con discapacidad tendrá
derecho a una ayuda de 2.400 euros.
La figura del impuesto negativo no es nueva, aunque hasta ahora se
limitaba a mujeres trabajadoras que tuvieran un hijo. A partir de este
año, se amplía la casuística. Según los cálculos de Hacienda, 750.000
familias se podrán beneficiar de esta ayuda. Aquellos contribuyentes que
no pidan el cobro de forma anticipada recibirán el dinero cuando
presenten la declaración anual de la renta.
La reforma fiscal aprobada por el Gobierno incorpora una rebaja de
los tipos y tramos del impuesto que corrige la subida aprobada por el
Ejecutivo de Mariano Rajoy en diciembre de 2011. Todos los asalariados
percibirán que el tipo de retención que les aplican sobre sus nóminas se
reduce a partir de este mes de enero. Así, el salario neto se
incrementará entre 25 y 30 euros para la mayoría de contribuyentes. Un trabajador soltero y sin hijos
que gana 30.000 euros verá como su salario neto aumenta en 21,3 euros,
lo que supone un ahorro anual de 255 euros.
Otra de las novedades es que los contribuyentes que ganen menos de
12.000 euros anuales no sufrirán ningún tipo de retención y estarán
exentos de tributar por IRPF. Hasta 2014, ello también era así para
rentas inferiores 11.162 euros. Hacienda asegura que su reforma
beneficia a los que ganan menos.
Para calcular el tipo de retención no se tiene en cuenta la normativa de las comunidades autónomas, que tienen competencia sobre
el 50% del impuesto. Así, dos trabajadores que cobren el mismo sueldo
bruto y presenten idéntica situación familiar sufrirán la misma
retención con independencia del territorio en el que residan. Cuando se
presenta la declaración anual entra en juego la legislación de las
comunidades. Andalucía o Cataluña son las autonomías que mantienen tipos
impositivos más elevados y que han renunciado a replicar la rebaja
fiscal aprobada por el Estado. En el lado opuesto destaca Madrid, que
cuenta con gravámenes inferiores al resto.
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